Lunes 21 de julio, 2003. San José, Costa Rica.

Pensiones

Lorena Fernández

En los Juzgados de Pensiones Alimentarias, los juicios y los trámites son lentos. Pedir los alimentos se vuelve un drama. ¿Qué podemos hacer?

R/ Toda persona, sin distinción, tiene derecho a la justicia pronta y cumplida. Y en materia de pensiones alimentarias, con mayor razón aún.

Ante el Poder Judicial, quien acude buscando justicia es un usuario, una persona con derechos. Hay una Contraloría de Servicios que vela porque se brinde un servicio de calidad. Es importante utilizar este recurso y exponer cualquier queja en forma personal, o por medio de faxes o correos electrónicos.

Los servidores judiciales deben sensibilizarse ante las características especiales que por sus implicaciones sociales tiene el proceso alimentario. Y la Corte debe dotar a los despachos de pensiones con más personal, más recursos y capacitación permanente.

La Escuela Judicial, procura esta formación de los servidores incluso en los textos que utilizan. Vale la pena, y me permito, difundir más ampliamente algunas de las sencillas pero excelentes ideas que allí se enseñan, para contribuir a que el trato real al usuario las refleje.

“Detrás de cada demanda existe un drama familiar y, por consiguiente, la misión del juzgado es brindar un servicio eficiente y con calor humano, puesto que las personas que diariamente acuden al tribunal atraviesan por un estado de necesidad especial. De la pronta y adecuada atención del caso dependerá la alimentación, el pago del alquiler de la casa, el poder asistir o no a la escuela o colegio y, también, la libertad personal. Por ello es que, como primer paso, el servidor judicial debe brindar un trato amable, respetuoso y correcto”.

Verdaderamente, de la buena labor de servidores y funcionarios depende la solución a muchas de las angustias de los usuarios, o por el contrario, el contribuir a acrecentar su desesperación.

Envíe sus preguntas al telefax 236-0845, al apartado 1285-1100 Tibás, o al E-mail fernandez@costaricalawfirm.com. Nos reservamos el derecho de edición y publicación. Las preguntas deben tener una extensión máxima de 70 palabras, y se debe enviar una fotocopia de la cédula de identidad.

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