Martes 19 de octubre, 2004. San José, Costa Rica.


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Cuñada de Rodríguez paga apartamento

Sencillo, pero bien distribuido

Carmen NAVARRO LEIVA

José Luis Cantero, corredor de bienes raíces, confirmó a Al Día ayer en la tarde, que Nidia Echandi Quirós, cuñada del expresidente Miguel Ángel Rodríguez, fue quien alquiló el apartamento 39, en el condominio “Estancias Latinas”, en Vargas Araya, Monts de Oca, donde desde sábado el expresidente guarda “casa por cárcel”.

Por su parte, Numan Madrigal, representante de la empresa “Manú Internacional”, responsable de la construcción, dijo ayer a las 10:30 a.m.: “No tenemos ninguna relación con Rodríguez o cualquiera de los 54 habitantes del complejo, eso fue un negocio de venta”.

Además:

  • Dudas
  • Acciones legales
  • Mientras tanto, Cantero explicó que su madre compró el apartamento hace dos meses y luego decidió alquilarlo. “Doña Nidia acudió para le ayudara. Yo le ofrecí varios apartamentos para Don Miguel Ángel, estaban en Escazú y Santa Ana, pero como eran un poco más caros, al fin se decidió por el de Vargas Araya”.

    El contrato que firmaron Rodríguez y Cantero por un año, a partir de este 11 de octubre incluye: el pago mensual según del tipo de cambio de $550. El primer desembolso será de ¢224 mil. Además el condominio no tendrá muebles. Por eso, tres días antes que llegara el exmandatario, doña Nidia llevó algunos muebles, afirmó él empresario, quien además detalló la distribución del apartamento: “Es pequeño, el dormitorio principal mide 3 x 2,50 metros, tiene baño propio. Los otros dos cuartos son pequeños, hay dos patios de luz, cuarto de pilas, sala, cocina-comedor y un servicio sanitario para los visitantes”.

    Otros servicios que ofrece el condominio son: vigilancia las 24 horas, acabado de lujo, parqueo, teléfono, cable e internet.

    Posible traslado

    Eliécer León, jefe de la Fuerza Pública de Montes de Oca, dijo ayer a las 11:10 a.m., hora en que llegó para que el exmandatario firmara el acta de arresto domiciliario: “No podemos tener un policía permanente cerca del apartamento, pero mantenemos una vigilancia constante con el fin de evitar cualquier amago de violencia. De ocurrir alguna situación estamos preparados”.

    Mientras tanto, varios vecinos del condominio “Estancias Latinas”, quienes por temor a represalias se negaron a dar sus nombres, afirmaron que por la seguridad de los niños y personas mayores que viven en el lugar, buscarán una solución para que toda vuelva a la calma en el vecindario. Consideraron que la única salida para lograrlo, es que Rodríguez se traslade a otro lugar, incluso, no descartan hacer una solicitud formal al Ministerio Público.

    Sobre un posible traslado del exmandatario, anoche su abogado, Rafael Gairud, afirmó a los medios de comunicación que “eso será una cuestión que veremos con los días, depende de la situación y de si ustedes se ocupan de otras noticias”.


    Dudas

    El Código Procesal Penal responde a muchas de las interrogantes que usted puede estarse planteado sobre el caso del expresidente Miguel Ángel Rodríguez:

    – ¿A quién se le puede aplicar la prisión preventiva?

    El tribunal la ordenará cuando (artículo 239):

    a) Existan elementos (…) para sostener (…) que el imputado es, con probabilidad, autor de un hecho punible o partícipe en él.

    b) Exista una presunción razonable (…) de peligro de fuga; peligro de obstaculización; o continuará la actividad delictiva.

    c) El delito que se le atribuya esté reprimido con pena privativa de libertad".

    – ¿Quién puede visitar a Rodríguez?

    El artículo 244 no habla en particular de las visitas. En su inciso a), señala que al imputado se le podrá imponer: “El arresto domiciliario, en su propio domicilio o en custodia de otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el tribunal disponga”. El juez del tribunal penal establece las visitas. En el caso de Rodríguez son familiares y abogados.

    – ¿Puede la Fiscalía apelar la resolución de arresto domiciliario? ¿Qué ocurre después?

    El artículo 437 faculta al Ministerio Público a apelar. Eso debe ocurrir, según el artículo 439, “en el plazo de tres días” (en este caso la fecha límite es el jueves). La apelación se presenta ante el Juzgado Penal, el cual dictó el arresto domiciliario, y éste se la pasa al Tribunal Penal de Goicoechea, para que resuelva. Según el artículo 440, el tribunal dentro de los cinco días siguientes, “decidirá la admisibilidad del recurso y la procedencia de la cuestión planteada, en una sola resolución".


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    Rafael Gairud
    Abogado del expresidente Miguel Ángel Rodríguez

    Acciones legales

    Anoche Rafael Gairud, abogado del expresidente Miguel Ángel Rodríguez, visitó al exmandatario.

    Gairud refirió Al Día, lo que conversó con su cliente: “Hablamos sobre las acciones del proceso y sobre las acciones que tomaremos en caso de que el Ministerio Público, impugnara la resolución que concede el arresto domiciliar a Don Miguel Ángel”.

    Sobre el pago de una fianza de ¢250 millones dictada contra Rodríguez, el abogado dijo que la defensa analiza la situación y no descartan presentar un recurso de apelación, el cual tienen tiempo para presentar en los próximos tres días.

    Por su parte, el Ministerio Público prepara el documento para apelar las medidas cautelares dictadas contra Rodríguez, el cual tienen tiempo para presentar hasta el próximo jueves.

    Al Día consultó vía correo electrónico ayer a Wárner Molina, Fiscal de Delitos Económicos, sobre el acceso que puede tener Rodríguez a otras personas

    vía correo electrónico y telefónico, ya que cuenta con estos servicios en su apartamento. Al respecto Molina afirmó, mediante la misma vía: “A la Fiscalía y a la Administración de Justicia, en general, se le dificulta evitar que los imputados que están bajo arresto domiciliario tengan acceso a computadora, teléfono, internet o correo electrónico. Sin embargo, también es un riesgo que asume cualquier imputado que esté sujeto a medidas cautelares, pues la violación a una obligación procesal trae como consecuencia una medida”.

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