Paulo Rodríguez, colaborador
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La Sala Constitucional rechazó la petición de inconstitucionalidad del Himno Nacional interpuesta por la abogada Orietta Zonta Elizondo.
Entre otras cosas, la resolución de la Sala apunta que este Tribunal no puede realizar un análisis de constitucionalidad de una obra literaria por sí misma, mucho menos le es posible modificarla ya que es una creación individual y debe ser respetada.
Además el tribunal de la Sala Constitucional consideró que no existían suficientes elementos de juicio para tomar en consideración la petición de Zonta.
La acción de la Secretaria General del sindicato del Banco Popular había sido presentada el pasado 8 de noviembre del 2010 y pretendía cambiar algunas frases del himno.
Zonta argumentaba que la letra del Himno Nacional, “era grosero y discriminatorio”, en frases como “hijos, labriegos sencillos” y “pueblo valiente y viril”.
Se intentó conocer la versión de Zonta Elizondo, pero no respondió a las llamadas.
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