Un fallo de la Sala Segunda determinó que es “inaceptable” y contrario a la dignidad humana someter a un empleado a un detector de mentiras.
Con esa y otras consideraciones, la Sala señaló que fue injustificado el despido de un trabajador porque se utilizó un detector para investigar si incurrió en una falta contra la empresa.
La compañía está obligada a pagarle al empleado cesantía, preaviso y la indemnización del artículo 82 del Código de Trabajo, así como los intereses.
La demanda la presentó un hombre ante el Juzgado de Trabajo de Cartago contra la empresa en que laboraba como ensamblador de trípodes, en marzo de 2007, por despido injustificado.
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