La Sala I de la Corte corroboró que un terreno situado en Alajuela es parte de la reserva forestal Juan Castro Blanco.
Representantes de la sociedad anónima que registró la finca alegaron que el reclamo estatal había caducado, pues pasó un año sin que se declarara la nulidad del acto registral.
“Por su características de bien demanial (dominio público), reviste la particularidad de ser inalienable e imprescriptible. Por tanto, las acciones para su protección no pueden estar sujetas a plazos de caducidad”, advirtió la Sala.
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