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 Nacionales Domingo 21 de octubre, 2007, San José, Costa Rica.
   

Orden de la Corte y el Consejo Superior del Poder Judicial

Juzgados ahora brindan información por teléfono

Procuran disminuir filas en oficinas y agilizar trámites

Erick Carvajal M.

Ya no tiene que hacer fila en oficinas del Poder Judicial, ahora puede hacer sus consultas acerca de juicios y cómo van los casos, con solo hacer una llamada.

Una resolución de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Superior del Poder Judicial autorizó a los empleados judiciales para dar información por teléfono.

Usted puede preguntar por procesos civiles, contenciosos administrativos, laborales, agrarios, de tránsito, constitucionales, contravencionales y de pensiones alimentarias.

Solamente debe llamar al juzgado donde se tramita la causa y el funcionario está en la obligación de brindarle la información.

Hay excepciones

Sin embargo, el acuerdo tomado por las autoridades del Poder Judicial indica que en materia penal solo se puede dar información cuando la causa haya sido elevada a juicio.

Y en materia penal juvenil y violencia doméstica, únicamente podrá pedir datos de carácter general, es decir, sobre testigos, peritos, fechas de audiencias, notificaciones realizadas, nombre del juez, contestaciones o peticiones.

Acerca de este último tema, los magistrados aclaran que se pueden dar detalles si no se pone en riesgo la vida del menor.

Nuevos números

El Juzgado de Violencia Doméstica de Desamparados cambió el número de fax y, ahora, los usuarios de este despacho deben enviar documentos al 250-7694.

El Juzgado de Menor Cuantía de ese cantón josefino, también cambio de número, ahora es el 259-6938.

Marque:

Primer Circuito Judicial de San José: 295-3000.

Poder Judicial de Alajuela: 437-0316.

Poder Judicial de Heredia: 277-0300.

Poder Judicial de Cartago: 550-0300.

Poder Judicial de Liberia, Guanacaste: 690-0194.

Poder Judicial, Limón: 799-1435.

Poder Judicial de Puntarenas: 630-0300.

Foto: 1768860
Cualquier consulta sobre procesos judiciales la puede hacer con una llamada telefónica. Los funcionarios judiciales deben responder sus preguntas, según el Poder Judicial.
Archivo.

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