Esteban Rojas Sáurez
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El Instituto Nacional de Seguros (INS) está obligado a activar una póliza de vida por incapacidad a un hombre de apellido Ortiz, de 65 años, para hacer efectivo el pago de su crédito bancario.
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto contra la institución por considerar que el ente no puede argumentar parámetros de edad para no hacer efectivas las pólizas.
La sentencia ordena “disponer lo necesario para que las consideraciones de edad no funjan como obstáculo para las pólizas”.
Juan José Sánchez, jefe de Seguros Personales del INS, señaló que los pagos los realizará la institución la próxima semana, como lo estipula la Sala.
Ortiz contrajo varios créditos durante el año anterior con el Banco Popular, para los cuales suscribió pólizas de vida de carácter obligatorio.
Un documento enviado por el Poder Judicial señala que “un padecimiento terminal que le limita sus posibilidades de trabajar lo motivó a hacer efectivas dichas pólizas ante el INS. A ello se agrega que no cuenta con una pensión estatal que lo ayude a sufragar el pago de los créditos”.
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