Yensy Aguilar Arroyo
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Un centro educativo en Aserrí deberá brindar una educación adecuada a una menor con problemas de audición, según resolvió la Sala Constitucional.
El recurso de amparo fue presentado por una mujer de apellidos Corrales Morales.
La quejosa argumentó que a su hija, quien padece de sordera profunda y cursa la preparatoria en la escuela Manuel Hidalgo Mora de Aserrí, le condicionaron la inscripción porque en ese centro educativo no cuentan con profesores capacitados en el lenguaje de señas.
La Sala señaló la responsabilidad que tiene el Ministerio de Educación (MEP) para garantizar la educación a la menor.
El fallo número 2008-10 368 determinó: “Se ordena a Leonardo Garnier Rímolo, ministro de Educación Pública, y a Anabelle González Alvarado, directora de la escuela Manuel Hidalgo Mora, para que la menor amparada reciba, de inmediato, la educación que necesita”.
Se le ordenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados.
Los magistrados advirtieron al MEP y al centro educativo que de no cumplir, se exponen a prisión, que va de los tres meses a dos años o de 20 a 60 días multa.
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