El Tribunal Superior de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, dio a conocer el miércoles una sentencia que elimina la restricción que había en el país para efectuar fertilizaciones in vitro.
El fallo le abre la posibilidad a las parejas infértiles de llevar a cabo ese tratamiento en hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social.
El veredicto beneficiaría a cerca del 10 por ciento de las parejas del país que, como en el caso de Iliana Henchoz y su esposo (quienes habían planteado una acción de inconstitucionalidad contra la prohibición), necesitan someterse a ese proceso para lograr tener un hijo.
El Tribunal le dio la razón a Henchoz, de 48 años, quien con su esposo Miguel Yamuni inició una batalla en el 2000, tras enterarse de que él no podía ser padre y luego de someterse dos veces el método (en España y Colombia).
No obstante, Henchoz indicó que, por su edad, ya no se efectuaría la técnica, pero se mostró contenta porque “se abre la puerta” para que otras mujeres lo utilicen.
El dictamen se dictó ocho años después de que esta técnica se dejó de utilizar en Costa Rica por resolución de la Sala IV. El fallo del Tribunal aun no está en firme.
Gerardo Trejos, abogado de Henchoz, manifestó que lo importante de la sentencia es que obliga a la Caja a dar el tratamiento a todas las mujeres que lo requieran.
No obstante, mediante un comunicado, la Caja anunció que apelará dicha decisión.
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