Hugo Solano
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La Sala Constitucional conoció ayer las consultas del juez de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de San José, David Hernández, en torno a la nueva Ley de Tránsito, pero solo dio curso una relacionada con la prueba de alcohol (alcoholemia).
La Sala analizará únicamente la frase “(...) que haya sido tomada (la prueba) dentro de los treinta minutos posteriores a la hora indicada en la boleta de citación respectiva” contenida en el artículo 199 de la ley.
El juez Hernández envió a consulta a la Sala varios artículos de la nueva ley porque encontró vicios que podían ser inconstitucionales cuando se realizaba el primer juicio de flagrancia, contra una mujer de Santa Ana de apellido Acuña, a quien la prueba de alcohol le marcó 2,24 gramos.
En las demás consultas hechas por Hernández –entre estas una sobre el artículo 254 de la misma ley– la Sala IV no encontró vicios de inconstitucionalidad.
Los magistrados también rechazaron otra acción presentada por un abogado cartaginés, de apellido Navarro, sobre supuestas desproporciones en castigos. Alegaba que la sanción con cárcel a quien conduzca en estado de ebriedad, en carreras ilegales o que realice “piques” no lesiona ningún bien jurídico y que esa prohibición es innecesaria.
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