Karla Barquero, colaboradora
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Los patronos presentaron su propuesta ante el Consejo Nacional de Salarios de un 3,96 por ciento de incremento a los trabajadores del sector privado.
De aprobarse, este ajuste entraría a regir a partir del próximo 1.° de julio.
Para esa fecha, si un trabajador se desempeña como recepcionista, recibiría un salario mensual de ¢230.738 si se aplica el alza de 3,96 por ciento a los ¢221.949 para gana actualmente.
El vicepresidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), Juan María González, fue el expositor de esta propuesta ante el Consejo.
Uno de los puntos que recalcó González para proponer este 3,96 por ciento fue que a pesar de que ya estamos ante un proceso de recuperación de la crisis, el empleo no ha repuntado.
El lunes pasado, los representantes de los trabajadores entregaron la propuesta con un rango entre 6,7 por ciento y 7,2 por ciento, superiores a la planteada por el sector patronal.
En esa oportunidad, los trabajadores solicitaron un cambio de fórmula para el cálculo, ya que los patronos y el gobierno utilizan la misma desde 1998, que responde a un acuerdo de concertación firmado en ese año.
Sobre la petición, González comentó: “son las empresas las que tienen que decidir si se realizará un aumento por encima del mínimo, esto es sólo un parámetro”.
El lunes se dará a conocer el monto del ajuste salarial definitivo para el próximo semestre, día en que se pronunciará sobre el porcentaje la ministra de Trabajo, Sandra Piszk.
La cifra planteada por los patrones la calcularon con base en un 4 por ciento de inflación, que es el dato esperado con el que cierre el mes de junio. Es decir, al 3,16 por ciento de la inflación alcanzada hasta mayo, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos, se le adiciona un 0,76 por ciento, que representa el valor estimado con el que cerraría junio.
A este 4 por ciento se le resta un 0,02 por ciento, porcentaje que significa la división entre la inflación a diciembre anterior y la real al 2009.
Así regirían
Fuente: Ministerio de Trabajo y cálculo propio.
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