Karla Barquero, colaboradora
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Los patronos que no paguen el aguinaldo a sus empleadas domésticas serán sancionados por el Ministerio de Trabajo.
De acuerdo con el Código de Trabajo, el castigo puede ser desde uno hasta 23 salarios base.
Las trabajadoras tienen el derecho al pago del treceavo mes, aunque laboren por hora. Después del 20 de diciembre podrán interponer las denuncias.
“Se trata de un caso especial, ya que cuando las empleadas perciben alimentos, pasajes o habitan en la casa, el patrono está en la obligación de tomar en cuenta un salario en especie, que será de un 50 por ciento más”, comentó Éric Briones, jefe legal de inspección de Trabajo.
Si aún no tiene claro el monto que le corresponde, aclare sus dudas al 800-Trabajo (800-872-2256).
Aguinaldo para hijos
Otros que deben pagar un aguinaldo son los padres que le dan una pensión alimentaria a sus hijos, según lo establece el artículo 16 de la Ley de Pensiones Alimentarias.
De acuerdo con Briones, las sentencias de los jueces incluyen esta conformidad, por lo que si en diciembre no viene estipulado este pago, el encargado del menor podrá acudir al juez para que dé la orden de pagarlo.
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