La Sala Segunda de la Corte liberó a los patronos de pagar por incapacidades después del cuarto día.
Los empleados que se incapaciten hasta por tres días reciben un subsidio del 60 por ciento que paga la Caja del Seguro y un 40 por ciento del patrono. Si la incapacidad es mayor, solo recibirán el subsidio de la Caja.
El fallo hace la salvedad de que en las incapacidades por maternidad, la persona debe recibir su salario completo. La resolución surge tras una apelación del 2007 en que trabajadores de la Municipalidad de Heredia cuestionaron que no se les pagara después del cuarto día.
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