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 Nacionales Jueves 31 de mayo, 2007, San José, Costa Rica.
 

Sala Constitucional devuelve derechos

¡Papás aunque lo nieguen!

Alejandro Arley Vargas

Un fallo de la Sala Constitucional le devolvió el derecho de patria potestad a los varones que negaron ser los padres de un menor pero luego fueron desmentidos por una prueba de ADN.

Ante un juez

Para ejercer de nuevo sus derechos los padres deben acudir ante un juez de familia para que este defina los días de visita y otros derechos.

En la edición de ayer del “Observatorio Judicial” se informó que los magistrados anularon el artículo 156 del Código de Familia que establecía la pérdida de derecho por la negativa a reconocer a los descendientes.

El cambio en la norma también contempla los casos excepcionales de madres que no reconocen a sus hijos, pese a que estos son menos frecuentes.

Gilbert Armijo, magistrado de la Sala Constitucional, explicó que la resolución tomó en cuenta el hecho de que “los hombres pueden tener una duda razonable sobre la paternidad de un niño o una niña sin que esto signifique un acto de mala fe.

“Como estaba la ley, si un hombre negaba la paternidad y luego se demostraba lo contrario, perdía derechos sobre sus hijos como la visita, decidir sobre la educación y hasta autorizar la salida del país. Aunque tenía que cumplir con todas las obligaciones económicas”, comentó Armijo.

Foto: 1613608
Con el cambio en la norma legal, los padres además de obligaciones podrán ejercer sus derechos con los hijos.
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