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Viernes 27 de mayo de 2011, San José, Costa Rica

Afectado no fue notificado de la multa

Sala IV obliga a borrar multa de Tránsito

Cristina Fallas

redaccion@aldia.co.cr

La Sala Constitucional ordenó al MOPT y al Consejo de Seguridad Vial borrar y dejar sin efecto la multa impuesta a un conductor turrialbeño por no haber sido notificado sobre el parte.

La queja fue interpuesta por Gerardo Bravo Hidalgo, quien alegó haberse enterado de la existencia de la multa hasta que pagó el derecho de circulación.

El 24 de mayo del 2010 se le confeccionó la boleta, pero en esta no se consignó el nombre de persona alguna, aunque si la placa de su vehículo.

Al no ser notificado sobre la existencia de la infracción, Hidalgo no pudo apelar el parte durante los 10 días que le confiere le ley.

Una vez enterado de la multa, el quejoso procuró impugnarla, pero no hubo respuesta. Ante eso, acudió a los magistrados.

La Sala Constitucional ordenó al MOPT y a la dirección ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) eliminar la citación del Sistema de Infracciones en un plazo de ocho días.

En un principio, el MOPT alegó que las conductas denunciadas no son de su competencia, mientras que el Cosevi adujo que el proceso se manejó de manera correcta.

Obstrucciones en la vía

Ayer no fue posible contactar al conductor Bravo.

Cesar Quirós, director de la Policía de Tránsito, mencionó que en el país se dan de 49 a 50 partes “impersonales” (sobre el vehículo) por mes y en su mayoría se debe a que las personas se estacionan en lugares prohibidos.

En esos casos, los oficiales deben ser acompañados por un testigo, quien aportará sus datos personales en la parte trasera de la boleta (nombre, firma y cédula). También se deberán realizar fotografías que comprueben el acto sancionado.

Según el jefe policial, luego de haber realizado la infracción, la boleta más la fotografía son enviadas al Cosevi para poder realizar el cobro de la multa o para una posible apelación por parte del afectado.