Nacionales
Jueves 20 de septiembre de 2012, Costa Rica

Ley de tránsito establece montos desde los ¢20 mil a los ¢280 mil

Ticos consideran que multas en nueva ley aún son muy altas

Cristina Fallas V.

cristina.fallas@nacion.com

La aprobación de la ley de tránsito causó regocijo entre los diputados, pero no así, en muchos costarricenses quienes siguen considerando que las nuevas multas son desproporcionadas con respecto a los salarios que reciben.

“Algunas son exageradas porque sobrepasan el salario de una persona. En el caso de nosotros se nos llevaría un mes de trabajo”, dijo Eduardo Salazar, taxista.

La nueva legislación establece infracciones de entre los ¢20 mil hasta los ¢280 mil, divididas en cinco categorías.

“Estoy a favor de las multas por exceso de velocidad y alcohol, pero no con las otras porque me parecen muy desproporcionadas”, dijo Sigifredo Alvarado, vecino de San Antonio de Desamparados.

Gloria Bejarano, diputada del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), explicó que se buscó un mecanismo para establecer multas racionales, que fueran suficientemente rigurosas para provocar el efecto disuasivo que tienen como fin las infracciones.

Pérdida de licencia

La nueva ley castiga con ¢280 mil y la pérdida de la licencia a las personas que conduzcan con índices de alcohol entre los 0,50 gramos por cada litro de sangre hasta los 0,75 gramos.

En este ámbito la ley será más rígida con los choferes profesionales y las personas con licencia de conducir que tenga menos de tres años de emitida. El rango para ellos será de 0,20 hasta 0,50 gramos.

“Estamos siendo más estrictos con el segmento de la población que, por su labor, está expuesta a un mayor riesgo de accidentes. También con quienes están comprendidos en el segmento de edad donde las estadísticas demuestran el mayor número de personas que cometen accidentes”, dijo Manrique Oviedo, diputado del Partido Acción Ciudadana.

Agregó que también serán multados con ¢280 mil y la cancelación de la licencia, los conductores que circulen en la vía pública a una velocidad superior a los 120 kilómetros por hora.

También deberán eso quienes adelanten en curvas e intersecciones o hagan giros prohibidos.