La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tiene que anteponer el interés de todos los asegurados en la cobertura de sus servicios, pero tiene plena potestad de variar las horas extras y las guardias de los médicos cuando lo considere oportuno.
Así se desprende de un fallo emitido por la Sala Segunda en el que se rechaza de plano la demanda laboral que hizo uno de sus microbiólogos, de apellido Castro.
El profesional solicitó un pago porque la Caja le eliminó las guardias. Aunque en principio el Tribunal de Trabajo concluyó que la Caja debía programarle a Castro las guardias como las tenía antes de la suspensión, el máximo Tribunal de Casación Laboral declaró eso sin lugar.
Fallo es trascendental
Gilberth Alfaro, subgerente jurídico de la CCSS, dijo que el fallo es trascendente al establecer que no existe ningún derecho adquirido, por parte de los médicos, al realizar guardias.
Recientemente, médicos del hospital de Grecia manifestaron su molestia porque el director varió el modelo de guardias y disponibilidad. Este fallo reitera la potestad que tiene la institución de hacerlo según su conveniencia.
Pese a ello, el presidente del Colegio de Médicos, Alexis Castillo, pidió a la Caja acudir al consenso y la gradualidad en los ajustes.
Eficiencia
Servicio debe ser eficiente
La sentencia indica que deben respetarse los límites de la jornada de trabajo, así como la obligación de ofrecer un servicio eficiente.
En contingencias
Según la CCSS, la guardia médica es una forma de tiempo extra que responde a necesidades imprevistas y su disposición es un recurso de carácter excepcional.
Con cautela y tacto
El Colegio de Médicos dice que ante la falta de personal, la Caja puede variar modelos, pero sugiere tacto.