Noticias del día
Martes 7 de junio de 2011, San José, Costa Rica

Aunque era divorciada

Viuda logra derecho a pensión

Redacción

redaccion@aldia.co.cr

La exesposa de un trabajador fallecido en un accidente laboral se ganó el derecho a recibir una renta anual que deberán pagar el Instituto Nacional de Seguros (INS) y la empresa empleadora.

Esta decisión emitida por la Sala II mediante el fallo 2011-000286 se dictó en beneficio de una vecina de Turrialba, Cartago, quien desde el 2005 recibía pensión alimentaria de su excónyuge tras un divorcio por mutuo acuerdo.

Primero se la habían negado

Tras fallecer el hombre mientras laboraba, la mujer acudió en 2006 al Juzgado de Trabajo para demandar una indemnización.

Tanto el Juzgado como el Tribunal Laboral de Cartago rechazaron el reclamo, pero la Sala II revocó la sentencia al resolver un recurso de casación y otorgó el pago de la indemnización.

“El beneficio por sobrevivencia está dispuesto para solventar las necesidades de aquellas personas que ante el acaecimiento de la contingencia –muerte del trabajador – se ven desamparadas, pues dependían económicamente de la persona fallecida”, dice.

De esta forma, los magistrados hicieron una interpretación más amplia del artículo 243 del Código de Trabajo que establecía el beneficio cuando el vínculo matrimonial se haya disuelto por culpa del trabajador fallecido. En ese caso, sin embargo, el rompimiento fue por mutuo acuerdo.

La decisión “podría marcar un precedente” según lo manifestó Eduardo Fernández, director de Seguros Solidarios del INS.