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Domingo 24 de abril de 2011, San José, Costa Rica

Fiscalía, defensa y abogado de familia de directora apelan sentencia

Homicidio de directora aun agita estrados

Hugo Solano
hsolano@aldia.co.cr

Hasta antes de julio del 2010, la violencia en centros educativos del país nunca había llegado al extremo de que un estudiante asesinara a un educador, mucho menos a una directora.

El crimen ocurrido en el colegio Montebello, en Mercedes Sur de Heredia, conmovió a la opinión pública.

Al autor del homicidio (un estudiante, hijo de una familia estable) le faltaban ocho meses para ser mayor de edad cuando disparó contra la directora Nancy Chaverri Jiménez, de 49 años.

La Ley Penal Juvenil contempla penas de hasta 15 años de internamiento en un centro especializado (en el caso de infractores entre 15 y 18 años).

El 17 de noviembre del 2010, la jueza María José Elizondo Alvarado impuso el extremo máximo al infractor por homicidio calificado. Sin embargo, la sentencia fue revocada por errores en la fundamentación.

Fuerte reacción

Se realizó una audiencia cuyo resultado fue que la pena pasó de ser la máxima a ocho años. El juez José Alexander Gómez Moreno así lo dispuso.

El giro de 180 grados en el “cuantum” o cantidad de años que debía descontar el menor generó reacciones fuertes por parte de la familia de Nancy Chaverri Jiménez y de su abogado Federico Morales.

“Al leer la sentencia, vemos que se hace una adecuada calificación legal, ya que se confirma que fue un homicidio calificado y que fue hecho con alevosía, pero no nos parece el monto de la pena”, refirió Morales.

Afirmó que para todos quedó claro que el menor aprovechó distintas circunstancias para asegurar el delito, tales como llegar a una hora en que el personal administrativo almorzaba y la directora estaba sola en su oficina. “Entró y le disparó cuando estaba de espaldas, sin siquiera darle tiempo a voltearse”, afirmó.

No muestra arrepentimiento

Más allá de esas circunstancias, Morales sostuvo que el sentenciado nunca mostró arrepentimiento por lo ocurrido. De hecho, dijo que si tuviera que volver a hacerlo, “lo haría”.

“Cuando alguien hace algo por impulso, lo lógico es que al pasar el momento la persona muestre dolor por lo acontecido, pero este muchacho declaró dos días sobre los hechos y nunca derramó ni una sola lágrima”, agregó el representante legal de la familia de la directora.

El disparo mortal ocurrió el 1.° de julio del año pasado y en adelante Chaverri quedó en estado de coma profundo hasta que diez días después, el 11 de julio, falleció en el hospital México. La bala le entró por detrás de la oreja izquierda y le salió al otro lado, por el cuello.

El responsable cayó en manos de las autoridades poco después del suceso en las cercanías del colegio en Mercedes Sur, donde cursaba décimo año.

“La sociedad necesita escuchar que lo que se hizo está mal. Esa señal se incumple en una sentencia como esta” consideró el abogado Morales.

El agresor, que en marzo cumplió la mayoría de edad, hizo visitas previas a la dirección para determinar cómo actuaría y ese jueves a las 2:06 p.m. le disparó con una pistola marca Tanfoglio calibre 25, según Morales.

En otro régimen

Se comprobó que el estudiante, no consumía drogas ni licor y actuó en pleno uso de sus facultades mentales, por lo que se ordenó su internamiento en el centro especializado Zurquí, en Heredia.

Desde el mes pasado, el muchacho pasó al módulo de adulto joven, que tiene pabellones en el mismo centro Zurquí y también en La Reforma, Alajuela.

Actualmente en esos módulos hay unos 130 internos que, según el artículo 140 de la Ley Penal Juvenil, al cumplir la mayoría de edad se trasladan a un centro penal de adultos, pero separados material y administrativamente de ellos.

De esta forma quedan aislados de los menores infractores, pero también de quienes cometieron los delitos siendo mayores de edad.

En este régimen, el juez de ejecución de la pena revisa la sanción cada tres meses con el fin de verificar cual ha sido el desenvolvimiento del joven y determinar si es necesario algún cambio en las medidas impuestas.

Sin embargo, fuentes allegadas a estos casos revelan que, en delitos graves como homicidios y violaciones, es difícil que se cambien las medidas impuestas por los jueces.

Fiscalía firme

La fiscal adjunta Penal Juvenil, Mayra Campos, ratificó que el 7 de abril hubo audiencia por este caso. Además del recurso de casación que presentó la Fiscalía, hubo uno del abogado Morales. De igual manera presentó el suyo la defensa del muchacho.

La fiscalía y el abogado de la familia de la directora coinciden en que, dada la gravedad del delito, la pena no se ajusta a los parámetros que para un homicidio calificado dispone la legislación. La Fiscalía pide 15 años de internamiento.

La contraparte

El abogado Guillermo Ampié Bonilla, defensor del joven sentenciado, confirmó que ellos también presentaron un recurso de apelación en contra de que se le vuelva a aumentar la pena al infractor. “La idea, en términos generales, es que se establezca la misma sanción; que no haya modificación”.

Sostuvo que ni ellos ni la familia del muchacho se referirán al caso. Ampié es del criterio de que las partes tienen derecho a recurrir ante Casación.

Premeditado

Una nota

En la mochila del alumno la Policía encontró una nota donde se vislumbraba el plan por ejecutar.

Trayectoria de la bala

El disparo le produjo a la víctima contusión de médula, fractura de la tercera vértebra y sangrado que devino en infección pulmonar y paro cardiorrespiratorio, según la autopsia médico legal.

Primerizo

En favor del joven figuró el no haber tenido problemas previos con la justicia ni estar en riesgo social.

“Hemos mantenido la coherencia”

Mayra Campos.
Mayra Campos.

Mayra Campos, Fiscal adjunta Penal Juvenil

¿Por qué piden más años?

El Ministerio Público probó que se trata de un homicidio calificado y consideramos que la pena debería ser ajustada a ello.

¿Cuáles factores influyeron?

Las condiciones personales de la víctima y el victimario, la conducta del imputado posterior al delito, las circunstancias personales, familiares y sociales que contribuyeron a ese delito y que a la vez permitían al actor tomar una decisión distinta.

Además de la cantidad de años, ¿se apeló otra cosa?

La culpabilidad ya está firme. Está probado que se cometió un hecho delictivo y que se trata de un homicidio. La defensa del joven apeló sobre si es simple o calificado.

¿Cuáles escenarios debemos esperar ahora?

Si Casación declara sin lugar los tres recursos, ya no hay nada más que hacer. En caso de que ordene el reenvío, hay que volver a hacer una audiencia para ver en cuanto queda la pena y si acoge la discusión sobre el tipo de homicidio. Habría que discutir de nuevo el tema en otra audiencia.